LOGRAMOS CONDENA A ENTIDAD BANCARIA
- bellorivas
- 1 sept 2022
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Actualizado: 16 sept 2022
Sentencia 17.11.2021. Audiencia Provincial de A Coruña: Condena a entidad bancaria a reintegrar a nuestra clienta las cantidades ingresadas anticipadamente, a cuenta de compraventa de vivienda, más los intereses legales, tras concurso de acreedores del promotor, por no abrir cuenta especial conforme a la Ley de vivienda.

Esta sentencia confirma la de primera instancia. Condena a entidad bancaria a reintegrar a nuestra clienta, las cantidades ingresadas a cuenta de compraventa de vivienda, más los intereses legales, tras concurso de acreedores del promotor, por no abrir cuenta especial conforme a la Ley de Vivienda.
Nuestra clienta fue abonando a cuenta del precio final del contrato de compra-venta de vivienda concertado con el promotor, determinadas cantidades en una cuenta abierta por dicho promotor, y a la que la entidad bancaria, sabiendo que era la cuenta donde se efectuaban los pagos parciales de dichas viviendas que se encontraban en construcción, no obligó a abrir una cuenta especial a la entidad promotora para garantizar dicho ingresos, por lo que a entrar en concurso de acreedores, nuestra clienta se encontró con que no podía recuperar lo pagado.
De dicha obligación hace responsable solidario a la entidad bancaria por haber permitido al promotor abrir una cuenta ordinaria, cuando en dicha cuenta se ingresaban cantidades a cuenta de la futura compraventa de la vivienda.
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION QUINTA
A CORUÑA
ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000506 /2020
Juzgado de procedencia: XDO.1A.INST.E INSTRUCIÓN N.1 de NEGREIRA
Procedimiento de origen: ORD PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000168 /2019
La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de A Coruña, ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente:
SENTENCIA Nº 359/2021
Ilmos. Sres. Magistrados:
MANUEL CONDE NÚÑEZ
JULIO TASENDE CALVO
CARLOS FUENTES CANDELAS
En A CORUÑA, a diecisiete de noviembre de dos mil veintiuno.



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